Hace 1 año | Por totxo a twitter.com
Publicado hace 1 año por totxo a twitter.com

Me parece vergonzoso el funcionamiento de vuestro sistema, y después de miles de intentos fallidos de ponerme en comunicación con ustedes he tenido que desistir. Igual alguien me puede ayudar. Hilo de Twitter

Comentarios

s

No es incompetencia, es desidia y mala fe, y si a eso sumamos que necesitan cometer actos ilegales para financiarse ya tienes la explicación.

derethor

El pan nuestro de cada día para cualquier autónomo que trabaje con la administración

CillitBang

#0 ¿y que es lo que querías? porque yo entro en todas la opciones, eso si me pide clave.

t

#3 Yo entro con clave. He mandado mensajes en el buzón pero me contestan que tengo que llamar por teléfono. No puedo llamar a los 901 desde el extranjero y los teléfonos territoriales cuelgan un segundo después de que una voz automática te diga que esperes

marcamo

#5 No existe un teléfono en el que te digan "vale, no pagues el recargo". Ni en la Tesorería, ni en Hacienda, ni en el ayuntamiento.

Es solo un detalle: la deuda es con SEPE, no con Tesorería (que tan sólo es un órgano recaudatorio, y no tiene nada que decir sobre la procedencia o o de la deuda del SEPE).

t

#7 Si lo que busco es que pueda exponer a alguien que la razón por la que no pago el recargo es porque no se me ha notificado en ningún momento de la deuda. Y luego, dependiendo de las consecuencias, pueda ir por la vía judicial si es necesaria.
Gracias por lo del SEPE, voy a llamar a ver si puedo

marcamo

#9 Vuelvo a repetirlo:

- Notificas el cambio de domicilio a SEPE (no a Tesorería).
- Parece ser que SEPE te comunica la deuda (o no lo hace, no lo se). El caso es que no pagas la deuda de SEPE.
- Al haber deuda con SEPE, este la "pasa" a Tesorería para que la cobre.
- Por el trascurso del tiempo, al no haber pagado la deuda, Tesorería le aplica el recargo del 20%.
- Ignoro si Tesorería te notificó correctamente o no (insisto en que, al parecer, no notificastes el cambio de domicilio a Tesorería)
- Puedes presentar la solicitud de condonación del recargo (aportando la documentación y justificación que desees) en el Registro General (en internet o presencialmente en cualquier Registro)

marcamo

#15 El teléfono, para estos casos, no sirve de nada.
Igualmente no sirve de nada enviar correos al buzón de consultas (que es lo que comenta en #5)

Tan solo sirve un escrito presentado en Registro, como se ha indicado en #1 en #10 en #13 y en #14

t

#13

Comuniqué mi cambio de pais a SEPE, SS y Hacienda. Lo que no tenía es una dirección en Irlanda todavía, asi que las notificaciones me deberían llegar a casa de mi madre.
Han fallado en comunicarme la deuda. Mi dirección en España es la misma, sigo teniendo el mismo email y mi teléfono español sigue activo.

No se puede eliminar el recargo:

"La posibilidad de que la Administración de la Seguridad Social aplique la condonación de recargos ha sido eliminada por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio que en esta materia no reprodujo el apartado 3º del art.º 59 del anterior Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 1637/1995."

No tengo bienes "afortunadamente". He leído que la deuda prescribe al de 4 años. (y no lo pago por orgullo, lo sé, es menos de 200 euros)

marcamo

#20 No tomes los 4 años al pie de la letra.

Son 4 años "sin que la administración haya realizado ninguna actuación encaminada al cobro de la deuda". Lo que, en la práctica, se traduce en que no prescribe prácticamente nunca.

Y tú mismo dices que no has comunicado el cambio de domicilio a Tesorería, por lo que te continuarán comunicando en el domicilio que conste (que parece ser el de tu madre) y continuarán recibiendo las notificaciones (que son válidas).

Por cierto el recargo del 20% de 470 euros no son 200.

t

#21 No he podido ver la carta, si te soy honesto. tengo un monton de fotos borrosas Gracias por todo. Lo voy a tener que pagar al final por peace of mind..... pero me pone de muy mala ostia que no pueda comunicarme con nadie.

Con el certificado electrónico, he entrado y puedo ver los acuses de recibo pero no abre los documentos. Dice que no he seleccionado nada (aún seleccionándolos). Los firmo pero no los veo.

marcamo

#22 Prueba cambiando de navegador.

t

#24 Comencé un documento de condonación y después de media hora escribiendo, la página me sacó de ahí. He conseguido llamar y ha sido la llamada más estúpida en la que la mujer al otro lado no me dejaba hablar, y me ha puesto con un técnico web de repente.
El técnico me decía que no había firmado y me ha hecho bajarme e instalarme un programa que no me sirve para nada.
En una segunda llamada otra mujer me ha explicado como ver mi deuda aunque no pueda abrir el documento. Y.....

He pagado al final. Me he rendido a su incompetencia. 116,29 euros. Lo que menos me importaba era la cantidad. Me he tirado una cantidad de horas espectacular intentando hablar con alguien.
A buena hora me largué... Dudo que vuelva nunca a vivir en España.
Muchas gracias a todos los que me habeis echado un cable por aquí.

t

#21 es 114,49

marcamo

#20 Los recargos no se pueden condonar, cierto.

Pero, si se estimaran que concurren las circunstancias adecuadas (falta de correcta notificación, por ejemplo) se puede anular la deuda o anular las actuaciones administrativas volviéndo al punto anterior. Lo que supondría una anulación del recargo e intereses en su caso.

Y, aunque se solicite la condonación del recargo, si la Administración de oficio advirtiera la improcedencia realizaría la anulación. No es un procedimiento judicial, en el que no se puede "dar" aquello que no se pide.

MoneyTalks

#13 Kafkiano.

Eibi6

#5 presenta un recurso por registro y ojalá tengas suerte, a mí me hicieron una jugada similar y estoy esperando al resultado; también por notificaciones inexistentes hasta que me llega un apremio directamente wall

En el tema de las notificaciones en vez de esperar las "cartas" por correo ordinario lo mejor es entrar en la sede electrónica y registrar tu mail/teléfono para que cuandl te manden algún carta te llegue aviso al correo para entrar y verla por qué si no gracias a las leyes de Mariano te joden sin vaselina

t

#10 Las notificaciones me llegan por email. Pero la primera notificación que me han mandado aun así es la de apremio. El recurso por registro se puede mandar por loa sede digital?

Eibi6

#11 las notificaciones no te pueden llegar por mail, te llegará el aviso para que entres a verlas. Si si, si no recuerdo mal había una opción para hacerlo, de todos modos en la carta del apremio debería ponerte el procedimiento para poner recurso


y si no presentas un escrito directamente por registro diciendo que es un recurso y lo que ha pasado que no te han notificado nada y aporta todos los papeles que te dieron del SEPE o lo que puedas conseguir para justificar que solicitaste esa carta de pago para liquidar la deuda

t

#14 Si, la carta de apremio me llegó a casa de mi madre, que tiene casi 80 años y me intentó mandar fotos por el movil. A día de hoy sigo sin saber lo que dice. Las notificaciones me llegan por email. Entro pero no puedo abrirlas, solo me deja firmarlas. Aun habiendo seleccionado la notificación en la página, me dice que no he seleccionado nada.

Eibi6

#16 algo estás haciendo mal, en el mail lo que te deben de mandar es un aviso para que entres a mirarla usando o un sistema cl@ve o certificado digital; yo te cuento mi caso también estoy desplazado de mi casa, y realmente yo me enteré por qué en mi antigua dirección dejaron un acuse de correos para ir a recoger la carta, mi padre me avisa y lo que hago yo es mediante certificado electrónico entrar en la sede de la TGSS para ver la notificación y allí estaba explicado cómo tenía que hacer para pagar y para poner el recurso y pese al cabreo por una deuda que es fallo de ellos (me cancelaron una domiciliación antes de pasarme el recibo) todo el procedimiento fue sencillo y sin problemas técnicos

marcamo

#16 No hay notificaciones por email, como te dicen en #14.

Las notificaciones se practican en Sede Electrónica.
Y en tu caso en tu domicilio mediante correo certificado, que es la carta que tu madre (casi con seguridad, firmó en tu nombre).

Si tienes certificado electrónico puedes entrar en la Sede, apartado notificaciones, y (dependiendo de la situación de esta notificación concreta) puedes aceptarla y verás el contenido o puedes buscarla en el Histórico y ver el contenido.

PD: para poder ver la notificación es IMPRESCINDIBLE hacer la firma de la notificación. DESPUÉS es cuando se accede al contenido de la notificación.

reivaj01

#5 Si buscas en Google no mas 900 salen algunas páginas para que puedas buscar sus números equivalentes.

D

Esta gente solo entiende de entrada reclamaciones por Registro con Expone y Solicita.

t

#1 Eso hay que hacerlo de manera presencial?

s

Presencial significa tener a mas gente trabajando. Es mas rentable tener teleoperadoras. Ya sabemos que hay muchos funcionarios parásitos en España, o es que ya nos hemoa olvidado de esto?

t

#4 Presencial significa que tendría que pillarme un par de vuelos para ir. He intentado por todos los medios hablar con ellos y me ha sido imposible. Ni por teléfono ni por mensajes.