#2 Falso:
“Los únicos que se pueden hacer de duración menor son los turísticos con licencia. Los contratos de temporada, que antes se hacían muchos y se siguen haciendo, no obligan al inquilino a abandonar la vivienda cuando el periodo firmado acaba, porque la ley estipula un mínimo de años de arrendamiento. Además, si ninguna de las partes comunica de la finalización del mismo, se entiende que se prorroga por un año más y así hasta los 5 o los 7 años de duración. En este sentido, aunque el propietario quiera finalizar el contrato en la fecha prevista en el documento de arrendamiento, el inquilino tiene derecho a quedarse”.
CC: #7
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#15 a ver si nos leemos lo que enlazas... en ese caso vinieron hasta eurodiputados a ver que había pasado.
Hubo detenidos, investigaciones y demas.
Y la fiscalia no encontró evidencias de ninguna trama
Un caso muy publicitado por la fachoesfera porque el gobierno balear no era de su cuerda